martes, 25 de febrero de 2014

Analógico VS Digital



Analógico
Digital
Elemento imprescindible    DISCO DIAGRAMA
Elemento imprescindible
TARJETA CONDUCTOR
El conductor insertará su hoja de registro en el lugar correspondiente, desde que se haga cargo del vehículo, todos los días que conduzca y no la retirará hasta que termine su PTD, salvo si se autorizare.
El conductor insertará su tarjeta en la ranura correspondiente, desde que se haga cargo del vehículo, todos los días que conduzca. No la retirará hasta que termine su PTD, salvo si se autorizare
En el caso de dos conductores cada uno llevará insertada su hoja de registro en el lugar correspondiente, debiendo efectuar el cambio de hojas de registro cada vez que realicen el cambio de turno de conducción
Con dos conductores, cada uno llevará insertada su tarjeta en la ranura que le corresponda: 1ª ranura (conductor) ; 2ª ranura (copiloto), debiendo efectuar el cambio de tarjetas cada vez que realicen el cambio de turno de conducción
El conductor utilizará únicamente una hoja de registro por jornada.
El conductor no necesita retirar su tarjeta cuando termine su PTD. Siempre que no cambie de vehículo
En el supuesto de conducir más de un vehículo, deberá utilizarse la misma hoja salvo que ésta no sea válida para el tacógrafo instalado en el mismo.

En el supuesto de conducir más de un vehículo con tacógrafo digital, deberá utilizar su tarjeta de conductor en todos ellos.
El conductor utilizará hojas de registro de un modelo homologado y velocidad máxima que coincidan con las características del aparato instalado en el vehículo.
Los conductores portarán un número suficiente de discos, habida cuenta del carácter individual de dichas hojas, de la duración del servicio y de la obligación de sustituir, en su caso, las hojas estropeadas o que hubiere retirado un agente encargado del control

El conductor utilizará papel homologado para el modelo de tacógrafo y se asegurará de tener papel suficiente para que en caso de control pueda efectuarse correctamente la impresión
El conductor anotará en las hojas de registro al menos los siguientes datos:         -Nombre y apellidos del conductor
-Lugar y fecha de comienzo y final de la utilización de la hoja de registro
 -La matricula/s del vehículo/s utilizados por el conductor en la jornada.-Los kilómetros del vehículo/s durante la utilización de la hoja.
-La hora del cambio de vehículo (en su caso)

El conductor introducirá en el aparato de control el símbolo del país donde comience y donde termine su periodo de trabajo diario.
En caso de que el transporte que se realice sea interior tendrá que seleccionar también la comunidad autónoma.

El conductor accionará el dispositivo de conmutación que permita registrar por separado los tiempos de: otros trabajos, disponibilidad y descanso

El conductor accionará el dispositivo de conmutación que permita registrar por separado los tiempos de: otros trabajos, disponibilidad y descanso
Cuando como consecuencia de su alejamiento del vehículo, el conductor no pueda utilizar el aparato de control instalado en él, los periodos de tiempos (disponibilidad, otros trabajos y descanso) deberán consignarse de forma legible y sin manchar las hojas, a mano, automáticamente o por otros medios.
Cuando como consecuencia de su alejamiento del vehículo, el conductor no pueda utilizar el aparato de control instalado en él, deberá consignar en la tarjeta de conductor los periodos de tiempos de: otros trabajos, disponibilidad y descanso, utilizando el dispositivo de introducción manual previsto en el aparato de control
Durante el periodo de avería los conductores deberán indicar los datos relativos a los bloques de tiempos, en la medida en que el aparato ya no los registre o imprima correctamente, en una hoja “ad hoc” que deberá adjuntarse a la hoja de registro.
En dicha hoja deberá constar el nombre y apellidos del conductor.


Durante el periodo de avería los conductores deberán indicar los datos relativos a los bloques de tiempos, en la medida en que el aparato ya no los registre o imprima correctamente, en una hoja “ad hoc” que deberá adjuntarse a la tarjeta de conductor y en la que deberá identificarse con: nombre, apellidos, número de permiso de conducir o nombre y su número de la tarjeta, así como su firma.
El conductor estará en condiciones de presentar, siempre que se lo solicite un inspector:
-las hojas de registro del día en curso y los 28 días anteriores.
-la tarjeta de conductor si se posee una y se ha utilizado en el período afectado .
-cualquier registro manual e impresión realizados durante el día en curso y los 28 días anteriores.

El conductor estará en condiciones de presentar, siempre que se lo solicite un inspector:
-la tarjeta de conductor si se posee una
-cualquier registro manual e impresión realizados durante el día en curso y los 28 días anteriores.
-las hojas de registro correspondientes al mismo periodo del apartado anterior durante el cual condujo un vehículo con aparato de control analógico.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación laboral, toda empresa tiene la obligación de conservar debidamente durante un año las hojas de registro utilizadas.
Se entregará copia de las hojas de registro a los conductores cuando lo soliciten.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación laboral, toda empresa titular o arrendataria de vehículos está obligada a mantener durante un mínimo de 365 días desde su registro los datos de forma que puedan hacerse disponibles en condiciones que garanticen la seguridad y la exactitud de los mismos.
Se entregará copia de los registros a los conductores cuando lo soliciten.



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