viernes, 25 de noviembre de 2016

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y AUXILIARES DEL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA.

Según la LOTT, la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres son actividades auxiliares y complementarias del Transporte:
1. Operadores de Transporte:
1.      Agencias de Transporte.
2.      Almacenistas - Distribuidores
3.      Transitarios
2. Estaciones de Transporte:
1.      Centros de Transporte de Mercancías
2.      Centros de Información y Distribución de Cargas.

3. Arrendamiento de vehículos

Operadores de Transporte.

Agencias de Transporte:
  • Son empresas individuales o colectivas, dedicadas a intervenir o mediar en la contratación del transporte público por carretera de viajeros o mercancía, como organizaciones auxiliares interpuestas entre los usuarios y los transportistas.
  •  Pueden intervenir en relación con la totalidad de los modos de transporte.
  • Contratan en nombre propio (salvo excepciones) con el transportista o con el usuario o cargador.
  • Tienen como actividad, las actuaciones previas (gestión, información, oferta y organización de servicios y cargas), necesarias para llevar a cabo la contratación de los transporte que estas realicen.
  • Para ejercer sus actividades las Agencias de Transporte necesitan una autorización. La autorización es la tarjeta con clave OT que permite ejercer actividades complementarias del transporte; También la misma tarjeta sirve para Agencias de Transporte, Almacenistas Distribuidores y Transitario. La tarjeta se expide por el órgano administrativo competente en materia de turismo, conforme a su normativa.
  •  Las funciones de mediación entre los usuarios del transporte y los transportistas pueden ser realizadas únicamente por Agencias de Transporte debidamente autorizadas (autorización específica y un visado periódico de la misma).
  •  Pueden ser de Carga Completa ( desde la recepción hasta la entrega en el destino la mercancía no necesita ninguna intervención), y Carga Fraccionada (desde la recepción hasta la entrega en el destino de la mercancía intervienen operaciones complementarias, como: recogida, manipulación, almacenaje, clasificación, embalaje, distribución, etc.)


Bolsa de transporte o carga:
  • Instrumento utilizado en el mercado de transporte para ajustar la oferta a la demanda, y evitar retornos o desplazamientos vacíos.
  • Es una plataforma también accesible desde Internet, donde se intercambia información sobre cargas y vehículos libres.
  • Constituyen un punto de encuentro para la concentración entre los cargadores que demandan transportes y los transportistas que ofrecen vehículos.
  • Sirve para localizar transportistas (económicos y de confianzas) y solicitudes de transporte interesantes. Es una ventaja para establecer nuevos contactos para las ampliaciones de los negocios en el sector transporte y logística.
Almacenistas – distribuidores:
  • Son personas físicas o jurídicas que reciben en deposito (almacenes o locales con tal fin) mercancías o bienes anejos.
  • Contratan en nombre propio, al igual que las Agencias de Transportes.
  • Realizan funciones de almacenaje, ruptura de cargas, u otras operaciones complementarias que resulten necesarias.
  • Llevan a cabo la distribución de las mercancías o bienes, de acuerdo con las instrucciones de los depositarios
  • Llevan a cabo la distribución de las mercancías con vehículos propios con tarjeta de transporte de servicio público, o bien contratan empresas transportistas.
  • Necesitan estar en posesión de la correspondiente autorización administrativa que les habilite, y que establece el ejercicio de la actividad.
Transitarios:
  • Realizan actividades similares a las Agencias de Transportes, pero en relación a los transportes internacionales.
  • Son organizadores de transportes internacionales y en todo caso a aquellos que se efectué en régimen de transito aduanero, realizando las siguientes operaciones:
  • Contratan en nombre propio con los transportistas como cargadores de un transporte que a su vez hayan contratado, en nombre propio, con el cargador efectivo, ocupando frente a este la posición de transportista.
  • Gestionan los trámites aduaneros.
  • Llevan la coordinación de los distintos transbordos de la mercancía.
  • Recepcionan las mercancías remitidas a ellos por los consignatarios, y la ponen a disposición del transportista designado por el cargador.
  • También pueden realizar estas funciones relacionados con los transportes internos, siempre que estos sean la continuación de un transporte internacional que hayan gestionado.
Estaciones de Transporte por Carretera.

Centros de Transporte de Mercancías:
  • Son centros destinados a concentrar las salidas y llegadas a una población, de los vehículos de transporte público autorizado, tanto de viajeros como de mercancías.
  • Las Estaciones de Transportes y Centros de Transportes están sujetas al cumplimiento de ciertas condiciones que, por razones de natura urbanística, fiscal, social, laboral o de seguridad ciudadana y vial, vengan impuestas por la legislación reguladora de tales materias.
  • Las Estaciones de Transportes de Mercancías tienen que cumplir ciertos requisitos y condiciones:
  • Proximidad a los núcleos de contratación o intercambio y generación de cargas.
  • Carácter público, pudiendo ser usadas por cualquier transportista legalmente establecido.
  • Acoger en sus recintos, servicios e instalaciones donde se desarrollen actividades vinculadas al transporte o al servicio de transporte como: almacenaje, manipulación, clasificación, depósito, etc.
  • Poseer una zona delimitada y con accesos controlados para los vehículos, así como playas, viales de maniobra y aparcamientos adecuados para vehículos pesados; los terrenos y las instalaciones destinadas únicamente a garaje o estacionamiento de vehículos no se consideran Estaciones de Transportes o Centros de Transportes.
  • Contar con naves dotadas con muelles para recibir o expedir las mercancías y efectuar su agrupamiento o fraccionamiento.
  • Hay especialización como tipos de mercancías, ej. perecederas, y como modalidad de carga: completa / fraccionada.
  • Contar con instalaciones para la atención de las tripulaciones de los vehículos como restauración, salas de descanso/espera y lugares de aseo personal.
  • Tienen la consideración de Centros de Transportes de Mercancías, las Estaciones de Transporte que dispongan de una superficie mínima de 150.000m², de los cuales por lo mínimo 25.000m² son ocupados por naves y/o almacenes destinados a actividades relacionadas con el transporte y la logística.
  • También tienen que ser gestionadas por una autoridad única (publica, privada o mixta) que garantice el desarrollo y la permanencia en el tiempo de los servicios y actividades para los que la instalación fue concebida.
  • En Cataluña no es necesario que se cumplan las mismas condiciones.
Centros de Información y Distribución:
  • Su finalidad es contribuir a un mejor ajuste de la oferta y la demanda de transporte de mercancías.
  • Son un tipo cualificado de Estaciones de Transporte de Mercancías que sirven como punto de encuentro entre cargadores que necesitan transporte y transportistas que buscan carga. Es suficiente que dispongan de oficinas y de equipos informáticos y de comunicación adecuados.
Arrendamiento de vehículos:
  • Actividad auxiliaría y complementaria del transporte.
  • Las empresas dedicadas a esta actividad deben disponer de al mínimo 10 vehículos.
  • El arrendamiento sin conductor puede ser realizadas por empresas que cumplan las condiciones exigidas. Salvo casos excepcionales el arrendamiento de vehículos debe hacerse sin los servicios del conductor, y sin contratar los servicios del mismo con la empresa arrendadora.
  • El arrendamiento debe hacerse por periodos de tiempo determinados, pudiendo establecerse por la Administración prescripciones sobre la duración de los mismos.
  • El contrato (completo o un extracto del mismo) de arrendamiento de vehículos sin conductor debe llevarse a bordo.
  • La empresa arrendadora debe conservar copia de los contratos durante 3 años.

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